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Mostrando entradas de marzo, 2010

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

+ Consultas en Materia Laboral (El sábados y el período de vacaciones)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 23 Marzo 2010, 1:39 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. Con esto de los sábados y el período de vacaciones debe la Secretaría de Trabajo resolver con la interpretación de este artículo, porque para el doctor Hernández el sábado es día laborable (según su respuesta publicada el 9 de marzo 2010). El artículo de la ley dice que el trabajador disfrutará de 14 días laborables, entonces si yo no laboro los sábados no se debe computar como tal. El sábado ni ningún otro día de la semana que las partes acuerden entre ellas para no trabajarlo, puede nunca servir de referencia para excluirlo del período de vacaciones, pues se tipificarían casos insólitos, como por ejemplo: Imagínese usted un conserje que acude a limpiar en una oficina sólo los martes y los jueves de cada semana, por sólo media jornada de 4 horas, en la tarde. A esa persona habría que concederle ¡3 meses

+ Consultas en Materia Laboral (cierre definitivo de una empresa)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el Periodico Hoy 15 Marzo 2010, 11:24 PM Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Tenemos una empresa de ventas, que está confrontando dificultades, por lo que, entre otras posibilidades, estamos contemplando su cierre definitivo. Tenemos una Encargada de Tiendas, y la semana pasada nos dio la noticia de que está embarazada. Ella está inscrita en la Seguridad Social y todos los pagos están al día. ¿Cuáles serían los pagos a realizarle? ¿Cuándo la podríamos retirar de la empresa? Para un cierre definitivo, usted debe proveerse de una resolución de cierre de empresa, por motivos de quiebra. Eso se gestiona ante el Director General de Trabajo. Esa Dirección verificará si realmente hay razones suficientes que justifiquen la resolución de cierre, y eventualmente lo estarían visitando dos inspectores de Trabajo. Si usted resulta favorecido con la resolución, podrá ponerle término a los contratos de todos sus empl

Finjus: debilidad en sistema judicial impide apresar prófugos

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page 17 de marzo del 2010 Finjus: debilidad en sistema judicial impide apresar prófugos Servio Tulio Castaños, vicepresidente de FINJUS planteó la necesidad de crear una Mesa de Trabajo con mecanismos fuertes, para evitar que más de mil personas estén evadiendo los tribunales. Por: Noticias SIN  SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Fundación Institucionalidad y Justicia dijo que hay debilidad en el sistema judicial para apresar a los prófugos.  Servio Tulio Castaños, vicepresidente de FINJUS planteó la necesidad de crear una Mesa de Trabajo con mecanismos fuertes, para evitar que más de mil personas estén evadiendo los tribunales. Castaños habló durante la graduación de más 400 agentes de vigilancia y tratamiento penitenciario.

+ Consultas en Materia Laboral (Varias)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en el PERIODICO HOY 9 Marzo 2010, 12:06 AM Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. Si un empleado luego de 6 años en la empresa, el propietario fallece pero la empresa no cierra debido a que el hijo la continua, y esa persona tiene tres años laborando, y a esta altura el hijo nos informa que va a organizar la empresa, y a mí que tengo 9 años en la empresa y él me dice que solo me va a reconocer los tres años que tengo con él,… Además nunca ha dado vacaciones. ¿Qué hago? ¿Es así como dice la ley o me está engañado? La ley establece que la muerte del empleador produce la terminación del contrato “siempre que esto […] produzca como consecuencia la terminación del negocio” (Art. 82.1 del CT); es decir que si el hijo continuó con el negocio, él asumió la continuidad (y por ende la antigüedad) de su contrato de trabajo así como la de los demás empleados de la empresa. Esto es así por aplicación de los Arts. 63 y 6

Decreto NUMERO: 122-07 (Reglamento sobre Fichas)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 122-07 CONSIDERANDO: Que se requiere de un sistema de registro de datos confiables y rigurosamente respetuoso de los derechos ciudadanos, relativo al comportamiento de personas para prevenir el delito o establecer responsabilidades debidamente comprobadas por un tribunal del orden judicial, mediante la celebración de un juicio previo. CONSIDERANDO: Que la Policía Nacional realiza un registro para su control en el comportamiento de ciudadanos como labor de prevención, sustancialmente distinto al registro del cual debe disponerse para establecer antecedentes penales como fichas en ciudadanos sometidos a la justicia o con decisión judicial. CONSIDERANDO: Que es necesario como medida de garantía del ciudadano, definir y precisar la información que debe aparecer en el Certificado de Antecedentes para evitar que se lesione injustamente la reputación de la persona o se

+ Consultas en Materia Laboral (Varias)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 1 Marzo 2010, 11:36 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. Duré 15 años laborando en una empresa que no tenía como norma liquidarnos anualmente. En el año 2004, me liquidaron a raíz de que necesitaba un dinero para pagar una vivienda que había adquirido financiada, y esa era la única salida que me había propuesto la empresa. No obstante esa situación, continué laborando de manera ininterrumpida con la empresa hasta el día 30 de Octubre del año 2009, fecha en que fui desahuciado. Mi pregunta es, ¿se me aplica la ley de pasivo laboral? En su caso, no creo que se aplique la ley de pasivo laboral, pues dicha ley, curiosamente, no instituye la liquidación anual en la legislación laboral dominicana. Lo que hace es validar la práctica de la liquidación anual ejecutada durante décadas, poniéndole un límite hasta el día 1° de enero del 2005. Esa ley es una especie de norma

EL DERECHO A LA PRIVACIDAD

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 01 Marzo 2010 En directo - EL DERECHO A LA PRIVACIDAD Hace unos meses, un ciudadano de Santiago se quejaba porque un equipo de un medio de comunicación penetró a su vivienda para filmar en su interior unos equipos que instaló en el patio trasero de la casa. Para incursionar a su residencia, se alegaba que vecinos se quejaron por el ruido que generaban éstos. Era un hombre sencillo de, al parecer, pobre formación, pero con una verdad en la mano que debido a sus escasos conocimientos, estaba limitado en la defensa de sus derechos, los cuales se les habían violado al ingresar a su vivienda, donde habita su familia, cámara en mano a tomar imágenes y audios sin su consentimiento La privacidad del individuo es un tema del que se viene abundando hace tiempo. Ciertamente, los ciudadanos de todo el mundo han sido protegidos mediante legislaciones nacionales en torno a su intimidad o privacidad. Incluso, las

Pro Consumidor cuestiona decisión de juez

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 01 Marzo 2010 Pro Consumidor cuestiona decisión de juez SANTO DOMINGO. El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, (Pro Consumidor), criticó ayer al juez de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional por admitir un recurso de amparo en favor de una de las plantas envasadora de gas Licuado de Petróleo (GLP) que supuestamente estafaba a los consumidores. La directora de Pro Consumidor, Altagracia Paulino, dijo que esa planta de GLP fue cerrada al detectarse un fraude en contra de los consumidores y usuarios "por lo que ningún juez debe acaparar a un estafador probado". La envasadora Arroyo Hondo Gas fue acusada por la entidad de sustraer dos galones por cada diez vendidos a las amas de casas y choferes que utilizan en GLP como combustible. "Es importante señalar que los derechos de los consumidores también son derechos constitucionales", dijo Paulino, y pid

Pro Consumidor cuestiona decisión de juez

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 01 Marzo 2010 Pro Consumidor cuestiona decisión de juez SANTO DOMINGO. El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, (Pro Consumidor), criticó ayer al juez de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional por admitir un recurso de amparo en favor de una de las plantas envasadora de gas Licuado de Petróleo (GLP) que supuestamente estafaba a los consumidores. La directora de Pro Consumidor, Altagracia Paulino, dijo que esa planta de GLP fue cerrada al detectarse un fraude en contra de los consumidores y usuarios "por lo que ningún juez debe acaparar a un estafador probado". La envasadora Arroyo Hondo Gas fue acusada por la entidad de sustraer dos galones por cada diez vendidos a las amas de casas y choferes que utilizan en GLP como combustible. "Es importante señalar que los derechos de los consumidores también son derechos constitucionales", dijo Paulino, y pid