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Mostrando entradas de diciembre, 2008

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Ley General de Sociedades Comerciales No: 479-08

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Poper Ejecutivo promulga Ley General de Sociedades Comerciales No: 479-08

Muy buen articulo de Adriano Miguel Tejada

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 22 Diciembre 2008, 12:01 AM AM. - Para ser juez... "Para ser juez, hay que aprender a fallar", decía un graffiti en el barrio de Palermo, en Buenos Aires, Argentina, que un querido amigo tuvo la gentileza de enviarme. Pues sí, para ser juez hay que distinguir la diferencia entre los verbos "fallar", para no "fallar" el fallo.El problema no es que un juez se equivoque, pues todos somos humanos, aun el más encumbrado de los mortales. El problema está cuando sabe que se equivocó y no enmienda el error, o se impide que se enmiende a través de los mecanismos de la administración de justicia.Tomemos dos casos claros que devendrán en clásicos: el caso Sun Land y el caso Pellerano Mendoza.En el caso Sun Land, la Corte Suprema se tomó más de un año para fallarlo. Se podría alegar que había desunión entre sus jueces, como se pudo comprobar en el fallo, pero esta razón debió bast

Muy buen articulo de Adriano Miguel Tejada

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page 22 Diciembre 2008, 12:01 AM AM. - Para ser juez... "Para ser juez, hay que aprender a fallar", decía un graffiti en el barrio de Palermo, en Buenos Aires, Argentina, que un querido amigo tuvo la gentileza de enviarme. Pues sí, para ser juez hay que distinguir la diferencia entre los verbos "fallar", para no "fallar" el fallo.El problema no es que un juez se equivoque, pues todos somos humanos, aun el más encumbrado de los mortales. El problema está cuando sabe que se equivocó y no enmienda el error, o se impide que se enmiende a través de los mecanismos de la administración de justicia.Tomemos dos casos claros que devendrán en clásicos: el caso Sun Land y el caso Pellerano Mendoza.En el caso Sun Land, la Corte Suprema se tomó más de un año para fallarlo. Se podría alegar que había desunión entre sus jueces, como se pudo comprobar en el fallo, pero esta razón debió bastar para que una comisión de

SCJ decide caso de la Sun-Land

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page SCJ decide caso de la Sun-Land - Sentencia - Palabras del presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge A. Subero Isa previo a la lectura de la sentencia sobre el caso Sun Land.

+ Consultas en Materia Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 15 Diciembre 2008, 11:21 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral1.En su columna del 30 de septiembre, usted afirmó que el tribunal competente para conocer las demandas contra instituciones del Estado, aún con autonomía propia, es el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Nuestra Pregunta es la siguiente: ¿Y cuál es el tribunal competente para conocer de las demandas en daños y perjuicios contra los funcionarios y directores de esas instituciones? No la demanda contra la institución en si, sino contra los funcionarios y directores por sus acciones personales. Si les es posible agregar fuentes bibliográficas y jurisprudencias. En principio, toda acción en responsabilidad civil es de la competencia del Juzgado de Primera Instancia en sus atribuciones civiles, al tenor de lo establecido en el Art. 45 de la Ley 821 de 1927 sobr

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Recurso de revisión)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE En fecha 17/ Dic / 2008 CPP. - Código Procesal Penal Recursos de revisión ¿No constituye un contrasentido que la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia conozca los recursos de revisión de sus propias decisiones, cuando es conocida la tendencia a excusar los errores propios? ¿No sería más útil a la justicia que las revisiones las conozcan otros jueces? Juan M. Pérez En principio, podría aceptarse como conveniente que sean jueces distintos a los de las Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia los que conozcan del recurso de revisión, si éstos ya han conocido del caso. Ahora bien, es necesario profundizar en la lógica del recurso de revisión para entender en qué contexto es que la ley permite que puedan conocer del mismo jueces que ya conocen del caso. La revisión no es una nueva instancia. Es más, en sentido estricto, no es propiamente un recurso de impugnación que examina los hechos (apel

Reforma judicial

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE En fecha 17/ Dic/ 2008 AM. - Reforma judicial La reforma de la justicia dominicana es un imperativo que no puede ser negociado.En el estado actual de su desarrollo, al sistema judicial dominicano hay que dotarlo de mayor participación interna en el proceso de toma de decisiones administrativas; hay que ampliar y diversificar su organismo de origen, y hay que crear y fortalecer la jurisdicción constitucional, dotándola de jueces comprometidos con el desarrollo de la justicia constitucional y de la democracia dominicana.El primer objetivo se logra en parte con la creación del Consejo del Poder judicial, que permitirá que el insumo de los jueces a todos los niveles, llegue a altas instancias de dirección.El segundo, con la democratización y profesionalización del Consejo Nacional de la Magistratura, ahora con su capacidad de juzgar la conducta de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, que hasta a

+ preguntas sobre migración

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por LISTIN DIARIO Yadira responde Yadira Morel - 12/16/2008 Distinguida señora Morel: Mi esposo, hija y yo contamos con visado múltiple de 10 años, que vencen en febrero. ¿Con cuánto tiempo de anticipación es recomendable solicitar la renovación? ¿Influye que contamos con visado múltiple de dos años de la Comunidad Europea? RESPUESTA: La renovación de visas de paseo de 10 años puede presentarse antes de su expiración o en el año siguiente de su expiración. Si usted solicita la renovación después del año de expirada ya deja de ser renovación y usted será considerado como una persona que busca visa por primera vez. El hecho de que su familia tenga visa de la Comunidad Europea no influye en el otorgamiento de una visa americana. Hola Dra. Morel: Me casé con un ciudadano americano en septiembre del 2003; mi hija y yo somos residentes desde el 2005, ¿Debido a que ya tengo más de tres años casada puedo solicitar la ciud

Renovación judicial

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en DIARIO LIBRE Publicado en fecha 15/Dic./2008 Por: Adriano Miguel Tejada AM. - Renovación judicial La justicia dominicana tiene problemas. Podrá tener muchas computadoras, mejoradas sedes y mayor entrenamiento, pero falta el elemento más precioso para un juez: la integridad. Existe una falla garrafal en el material humano, y aparentemente, se “bajan líneas” a todos los niveles. La justicia no actúa libre de interferencias, ni internas ni externas, y lo peor de todo, no ofrece garantías de seguridad jurídica porque el dinero corre en la justicia. Basta con escuchar los murmullos que llegan del Este, un mercado persa judicial; las quejas que se oyen desde el Sur, asilo de jueces probos; los lamentos desde el Cibao, que antes era un modelo, y desde la propia capital, donde ni la Suprema Corte de Justicia escapa a los rumores y los cuestionamientos. El país ha puesto muchas esperanzas e invertido cuantiosos recursos

¿Qué dice la Constitución sobre la economía?

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 12 Diciembre 2008 De. - Derecho económico ¿Qué dice la Constitución sobre la economía? La Constitución de un Estado, permea todas las actividades que se desarrollan en su territorio. Desde la organización misma del Estado, pasando por las relaciones entre el Estado y las personas y de las personas entre sí, hasta los principios y reglas que rigen esas relaciones. Partiendo de esta premisa, esta "sombrilla" constitucional arropa por supuesto toda actividad económica desarrollada por el Estado y las personas.Para saber cómo influye la Constitución en la economía podemos ver la Constitución Dominicana desde dos ángulos distintos. Por un lado, los derechos de las personas que bien tienen contenido económico o inciden en la economía y por otro lado aquellas normas que organizan la economía dominicana. En esta entrega veremos los derechos de contenido e incidencia económicos.En primer lugar, lo

+ Consultas en Materia Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY Diciembre 2008, 12:36 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral¿Cuál es el alcance del Art. 424 del Código de Trabajo? ¿Cuáles irregularidades puede investigar la secretaría de Trabajo? El texto del señalado Art. 424 es bastante general, y si se interpreta conjuntamente con los Arts. 418 y 420 del mismo Código –como en efecto debe ser– hay que llegar a la conclusión de que la secretaría de Estado de Trabajo está facultada para investigar cualquier denuncia o irregularidad que se relacione a la aplicación de las leyes y reglamentos de trabajo. Siendo más específico la Secretaría de Trabajo puede: Penetrar en las empresas, a través de sus inspectores, e interrogar al personal, examinar libros y documentos sobre cumplimiento de las leyes laborales (Art. 434 del CT); Comprobar infracciones y levantar las actas correspondiente

AM. - Mejor justicia

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por ADRIANO MIGUEL TEJADA Para DIARIO LIBRE 5 Diciembre 2008 - 3:13 pm AM. - Mejor justicia Como está propuesto en el proyecto de Constitución presentado por el presidente Fernández, la función judicial estaría mejor servida y mejor manejada que con el esquema actual. El enojo del magistrado Jorge Subero Isa es comprensible: Aunque se aumenta la capacidad de gobierno del sistema judicial y se amplía las posibilidades para los justiciables de tener una decisión garantista de sus derechos, sus poderes omnímodos de la actualidad serían reducidos. Obsérvese que no son los poderes de la función judicial, sino los poderes del presidente de la Suprema Corte de Justicia, que no es lo mismo, ni es igual. El Poder Judicial estará mejor gobernado, porque en el Consejo del Poder Judicial estarán representados todos los estamentos que intervienen en el mismo: los jueces a todos los niveles, los abogados, ex jueces de experienc

Las 15 leyes más parecidas a “pedazos de papeles” casi hecho trizas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page DESARROLLO INSTITUCIONAL? Las 15 leyes más parecidas a “pedazos de papeles” casi hecho trizas Kaelis Bautista/Clave Digital domingo, 07 de diciembre de 2008 SANTO DOMINGO/República Dominicana.- Un paquete de leyes llamadas a regular la vida nacional en diferentes órdenes se quedan sólo en papel y tinta y sin que exista ningún tipo de consecuencias para los violadores. Otras tantas son acatadas de manera parcial por las diferentes instancias y poderes del Estado encargados de su ejecución. El Informe sobre Desarrollo Humano República Dominicana 2008, del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) detalla unas 15 leyes que se incumplen, entres ellas algunas muy reclamadas en los últimos meses, como la 166-03 que establece un 10% de los ingresos del Gobierno central para los cabildos, los cuales hasta ahora sólo reciben 6%. Además, con más de una década, la Ley General de Educación 66-97, que ningún gobierno ha

Sentencias Destacadas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Pleno SCJ declara inadmisible la acusación interpuesta por Víctor Cordero Jiménez en contra de Wilton Guerrero Dumé, Senador de la Provincia de Peravia, por presunta violación de la Ley núm. 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, por imprecisión de la formulación de los cargos. Cámara Civil SCJ declara de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del decreto 4807 de 1959 en cuanto prohíbe fijar un término al contrato de arrendamiento de casas y rechaza recurso de casación con motivo de una demanda en resiliacion de contrato de inquilinato. Sentencia sobre Recurso de Amparo del Tribunal Contencioso, Tributariol. y Administrativo sobre la libre competencia que debe imperar en el Sistema Dominicano de Seguridad Socia

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Sobre la Practica de Estudiante de Derecho)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado DIARIO LIBRE 03 Diciembre 2008 CPP. - Código Procesal Penal Soy estudiante de derecho, y me atrae mucho el derecho penal, y quisiera saber por qué razón es que ahora no se permite a los estudiantes llevar casos ante los tribunales penales. Yo pienso que eso puede contribuir a disminuir el número de presos preventivos. Luis Mota Ruiz. No es que los estudiantes de derecho no puedan participar en casos penales, sino que ahora esta práctica está sometida a una nueva reglamentación, acorde con los principios que rigen el proceso penal. Conforme dispone el CPP, todo imputado tiene el derecho irrenunciable de defenderse personalmente y a ser asistido por un defensor de su elección. Se trata de uno de los principios fundamentales que rige el proceso penal. Tanto es así que si el imputado carece de los medios económicos para pagarse un defensor, el Estado le designa uno. La ley ha creado un sistema nacional de defensa públi

Cosas que pasan en nuestro Derecho

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE en fecha 3/ Dic. /2008 Jueza denuncia presión para condenar imputado La jueza Quevedo dijo que Ramírez le habló de que su cargo corría el riesgo por el caso Edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría. SD. La ex presidenta del Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia de San Juan de la Maguana, degradada y trasladada recientemente a un juzgado de la Instrucción de Las Matas de Farfán, cuestionó la independencia judicial, denunciando presiones e interferencias de su superior inmediato en la toma de decisiones. María Elena Quevedo Rosario comentó que cuando estuvo en el tribunal nunca actuó por capricho, sino de acuerdo con el mandato del Código Procesal Penal. La magistrada acusó al presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de ese Departamento Judicial, Manuel Antonio Ramírez Susaña, de haberla presionado para que pronuncie una condena en contra del ex banquero

+ Consultas en Materia Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 1 Diciembre 2008, 11:26 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Cuando se dan las vacaciones colectivas en diciembre, ¿se le debe de pagar la quincena por adelantado, al igual si se diera por persona o individual?, y si ¿es verdad que se completa con la Semana Santa? El salario correspondiente a las vacaciones debe pagarse por adelantado, según lo dispone el Art. 181 del Código de Trabajo. El período de vacaciones sí puede ser fraccionado, a condición de que cada fracción sea por lo menos de una semana de duración (Art. 177 del CT). En ese sentido, las vacaciones podrían ser una mitad en diciembre y otra mitad coincidiendo con la Semana Santa. A los trabajadores por cierto tiempo o para una obra o servicio determinado ¿les corresponde recibir la proporción de vacaciones prevista en el CT cuando su labor termine luego de haber trabajado más de 5

+ preguntas sobre migración

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en DIARIO LIBRE En Fecha 2/ Dic. /2008 USA. - La columna de migración Fui pedido por mi esposa ciudadana americana. Tuve residencial condicional y hace poco pude conseguir la residencia definitiva. Recientemente, me divorcié. Quiero pedir a una novia dominicana que tengo, pero no la quiero pedir como novia, sino como esposa. ¿Cuál es el proceso que tengo que seguir? La verdad es que puede casarse de nuevo sin ningún impedimento (en relación a la Ley de Inmigración de los Estados Unidos). Lo único es que va a tener que esperar cinco años a partir del momento que haya obtenido su residencia para poder hacer la petición para su actual novia, que sería entonces su esposa. Recientemente me aprobaron una visa de inmigrante. Pero mi esposo y yo ya no queremos estar juntos. No sé si devolver mi visa, que no está usada, o usarla comoquiera y entrar a los Estados Unidos. De todos modos, vamos a comenzar los papeleos