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Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

¿Cuáles son los elementos constitutivos que tipifican el fraude en contra del trabajador?

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Periodico Hoy 19/8/2008 CONSULTORIO LABORAL Escrito por: Dr. Carlos Hernández contreras ¿Cuáles son los elementos constitutivos que tipifican el fraude en contra del trabajador? Hay muchos fraudes posibles en perjuicio del trabajador, y por tanto no hay unos elementos constitutivos que de modo general se apliquen a cada fraude. A continuación le daré ejemplos de los fraudes más frecuentes. Algunos se cometen con toda la intención de perjudicar al trabajador, otros en contubernio con el propio trabajador, y otros por desconocimiento de la ley: Pago de derechos laborales (regalía, vacaciones, bonificación) calculando sólo sueldo fijo y excluyendo comisiones, incentivos, etc. Pactar supuestos contratos de “comisionistas independientes”, “adquirientes de productos”, “alquiler” de espacios y vehículos, contratos de “socios”, etc. Superposición de un “patrono aparente”, es decir, un supuesto empleador (por lo general insolvente) c

La forma Correcta de Pagar las Vacaciones

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Periodico Hoy 29/ Agosto/02008 CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ ¿Cuál es la forma correcta de pagar vacaciones a un empleado? ¿Cómo se paga el mes que el empleado disfruta vacaciones? Por ejemplo, un empleado con 5 años en la empresa con sueldo de RD$20,000 mensual que disfrutará vacaciones el 1 de agosto 2008, ¿cuánto se le paga? El pago de las vacaciones debe hacerse “el día anterior al del inicio de éstas” (Art. 181 del CT), y en el caso planteado, que la persona tiene 5 años de servicios y percibe un sueldo fijo de 20,000 pesos, ese empleado debe recibir 15,106.86 pesos (antes de irse de vacaciones), que es el resultado de dividir 20,000 entre el factor 23.83 según lo prescribe el Art. 32 del Reglamento 258-93 de 1993. Al retornar de sus vacaciones, el 19 de agosto 2008 (pues no se computan los domingos 3, 10 y 17 de agosto, ni tampoco el día 16 de agosto, que fue festivo) ese empleado ya ha disfruta